Médicos de urgencias podrán obtener su especialidad gracias al Real Decreto 610/2024

Médicos de urgencias podrán obtener su especialidad gracias al Real Decreto 610/2024

El acceso directo al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias está regulado por el Real Decreto 610/2024. Para solicitarlo, los médicos deben seguir varios pasos que implican la verificación de experiencia, la gestión de documentación y la presentación de solicitudes al Ministerio de Sanidad.

1. Requisitos

Los solicitantes deben cumplir con los siguientes criterios:

  • Poseer un título de licenciado o graduado en Medicina.
  • Acreditar al menos cuatro años de experiencia profesional en urgencias y emergencias dentro de los últimos siete años. Esta experiencia puede estar vinculada tanto al Sistema Nacional de Salud como a centros privados con acreditación oficial.

2. Solicitud de Certificación de Experiencia

El proceso inicia con la solicitud del certificado de experiencia a la institución donde el médico ha prestado servicios. En Andalucía, por ejemplo, se debe solicitar al SAS. Este certificado acreditará que el médico ha trabajado durante el tiempo requerido en urgencias y emergencias.

3. Recopilación de Documentación

El médico deberá recopilar los siguientes documentos:

  • Certificado de experiencia profesional en el ámbito de urgencias y emergencias el organismo competente de la comunidad autónoma correspondiente.
  • Título de licenciado o graduado en Medicina.

4. Presentación de la Solicitud

Una vez obtenido el certificado de experiencia, el médico debe remitir toda la documentación al Ministerio de Sanidad. La presentación de solicitudes está organizada por un sistema escalonado, basado en el mes de nacimiento del solicitante. De esta manera, los médicos nacidos en enero, febrero y marzo serán los primeros en enviar su solicitud, seguidos de los nacidos en los meses posteriores. A continuación podéis ver una tabla detallada de los plazos según la fecha de nacimiento:

Personas solicitantes agrupadas por su mes de nacimiento Fecha inicio presentación solicitudes (días naturales) Fecha fin presentación solicitudes (días naturales)
Grupo 1. Enero. Fecha publicación BOE + 3 meses. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 2. Febrero. Fecha publicación BOE + 3 meses y 15 días. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 3. Marzo. Fecha publicación BOE + 4 meses. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 4. Abril. Fecha publicación BOE + 4 meses y 15 días. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 5. Mayo. Fecha publicación BOE + 5 meses. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 6. Junio. Fecha publicación BOE + 5 meses y 15 días. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 7. Julio. Fecha publicación BOE + 6 meses. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 8. Agosto. Fecha publicación BOE + 6 meses y 15 días. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 9. Septiembre. Fecha publicación BOE + 7 meses. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 10. Octubre. Fecha publicación BOE + 7 meses y 15 días. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 11. Noviembre. Fecha publicación BOE + 8 meses. Fecha inicio + 15 días.
Grupo 12. Diciembre. Fecha publicación BOE + 8 meses y 15 días. Fecha inicio + 15 días.

5. Evaluación por el Ministerio de Sanidad

El Ministerio de Sanidad evaluará las solicitudes y certificaciones recibidas. Una vez validada la experiencia y formación, se expedirá el título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias.

6. Resolución y Publicación

Los resultados se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se indicará la concesión del título a los solicitantes aprobados. Este proceso podría tomar varios meses dependiendo de la cantidad de solicitudes y la validación de los documentos presentados.


Este proceso es una oportunidad para regularizar la situación de muchos médicos que han trabajado durante años en urgencias y emergencias sin tener una especialización oficial en la materia.

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