El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado las bases generales de las convocatorias para la provisión de plazas básicas vacantes de los procesos selectivos de concurso-oposición por el sistema de acceso libre para cubrir las plazas básicas bacantes de las categorías y especialidades incluidas en el Decreto 626/2019, de 27 de diciembre (BOJA núm. 250, de 31 de diciembre), el Decreto 194/2020, de 1 de diciembre (BOJA núm. 235, de 4 de diciembre) y el Decreto 181/2021, de 15 de junio (BOJA núm. 116, de 18 de junio), por los que se aprueban respectivamente las Ofertas de Empleo Público para los años 2019, 2020 y 2021 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
Sistema selectivo
Las bases específicas de cada convocatoria establecerán el baremo de méritos del concurso-oposición, para la cobertura de plazas básicas vacantes de cada categoría que han respetado las siguientes reglas:
- La puntuación de la fase de oposición supondrá el 50% de la puntuación total del concurso-oposición.
- La puntuación de la fase de concurso supondrá el 50% de la puntuación total del concurso oposición, respetando en todo caso las siguientes reglas:
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- La puntuación máxima de la experiencia profesional no podrá superar el 35% del baremo del concurso oposición
- En los grupos A1 y A2 sanitario La puntuación máxima de la Formación Sanitaria especializada en Ciencias de la Salud no podrá superar el 10% del baremo del concurso oposición.
- La puntuación máxima de la Formación Académica no podrá superar el 5% del baremo del concurso oposición.
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- La puntuación máxima de las actividades de investigación no podrá superar el 3% del baremo del concurso oposición.
- La puntuación máxima de las actividades de formación continuada no podrá superar el 10 % del baremo del concurso oposición.
- La puntuación máxima de las actividades docentes no podrá superar el 4% del baremo del concurso oposición.
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En la fase de oposición, la puntuación máxima de esta fase será 100 puntos. Tendrá carácter eliminatorio. Para superar esta fase, la puntuación obtenida por la persona aspirante (suma de las puntuaciones obtenidas en el cuestionario teórico y en el cuestionario práctico, en su caso) habrá de alcanzar el 60% de la puntuación resultante de la media de las 10 puntuaciones más altas logradas por las personas opositoras, tras la suma de las puntuaciones obtenidas en el cuestionario teórico y en el cuestionario práctico, en su caso.
En cuanto a la fase de concurso, a esta solo accederán las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición. El concurso consistirá en la valoración, por el Tribunal Calificador correspondiente y con arreglo al baremo que se publique en las bases específicas de cada convocatoria, de los méritos que acrediten las personas aspirantes, en los términos establecidos en las presentes bases. La puntuación máxima de esta fase será de 100 puntos, y a la misma se le sumarán los puntos obtenidos en la fase de oposición, siempre que en esta última se haya superado la puntuación mínima necesaria para aprobar, determinando de esta forma la puntuación final de cada persona aspirante y el número de personas aprobadas, que no podrá ser superior al de plazas convocadas.
Requisitos de las personas aspirantes
Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos que se señalan a continuación, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes establecido en las bases específicas de cada convocatoria, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo hasta, en su caso, el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Poseer la nacionalidad española. También podrán participar: Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, el cónyuge de los españoles y de los nacionales o de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
- Poseer la titulación exigida en las bases específicas de cada convocatoria, o estar en condiciones de obtenerla habiendo finalizado la formación exigida para su obtención dentro del plazo de presentación de solicitudes.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento.
- No haber sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso para la correspondiente profesión, ni, para los aspirantes que no posean la nacionalidad española, estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
- No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
- No poseer la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría y en su caso especialidad a la que se pretende acceder en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.
- Haber abonado las tasas a las que se refiere la base 5.5, salvo encontrarse en el supuesto de exención de la misma, conforme a dicha base.
Presentación de solicitudes
La presentación de las solicitudes de participación y el pago de las tasas de examen se realizarán utilizando la Ventanilla Electrónica de Profesionales (en adelante VEC), alojada en la web corporativa del Servicio Andaluz de Salud. Así, hay que cumplimentar el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de solicitud de participación.
Para realizar dicha solicitud, la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).
En cuanto al plazo de presentación, este será de 15 días hábiles, comenzando el día que se establezca en las bases específicas de cada convocatoria.
Es importante destacar que estas son las bases generales, pero que las bases específicas de cada convocatoria recogerán las peculiaridades respecto a estas bases comunes, así como los anexos específicos requeridos para su desarrollo, y en ellas se indicará el número de plazas convocadas en el cupo general y, en su caso, el número de plazas reservadas para su cobertura por personas con discapacidad.
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